SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1480/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1480/2004-R

Fecha: 13-Sep-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 23 de julio de 2004, cursante de fs. 171 a 174 vta., el recurrente manifiesta que a raíz de la ilegal denuncia presentada por Fabián Moreno Barrera en su contra por el supuesto delito de robo, el Fiscal recurrido, violentando sus derechos a la defensa y al debido proceso legal, requirió su detención basándose en el art. 226 del Código de procedimiento penal (CPP) sin que exista ningún requerimiento que fundamente tal determinación y sin dar cumplimiento a los requisitos exigidos por dicha normativa, no obstante que el 2 de abril de 2004 apoyado en el art. 223 del CPP se apersonó ante el demandado, pidiéndole que lo tenga por apersonado y se le haga conocer futuras diligencias, habiéndole solicitado el 8 de junio del mismo año, se señale audiencia para que preste su declaración informativa policial; sin embargo, el 23 de junio cuando se disponía a cumplir con sus obligaciones laborales fue indebidamente aprehendido, con cuya actuación no sólo se ha vulnerado su derecho a la libertad sino a la defensa, pues el recurrido en forma manifiesta y permisiva toleró los abusos y atropellos del primer investigador quien junto con el denunciante intentaron en forma sistemática sobornar y manipular a sus testigos, sin que el Fiscal recurrido hubiese hecho algo al respecto.

Agrega que nunca se lo notificó en su domicilio real ni procesal con ninguna de las actuaciones realizadas fraudulentamente, colocándolo en indefensión, es más, el recurrido mantuvo en su poder en forma dolosa el cuadernillo de investigaciones, imposibilitando la notificación a los testigos de descargo que presentó, al que sólo ha tenido acceso el denunciante para poder ampliar su denuncia contra ellos; asimismo, argumenta, que el demandado es el único responsable de la desaparición de su memorial de apersonamiento y solicitud de prestar su declaración informativa, con el único propósito de causarle perjuicio para no notificarlo con las actuaciones de investigación realizadas ilegalmente.