SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1480/2004-R
Fecha: 13-Sep-2004
procedente
Por Resolución de 21/04, de 24 de julio de 2004, cursante de fs. 208 a 211, el Juez de hábeas corpus, declaró procedente el recurso sin responsabilidad, con los siguientes fundamentos: se evidencia que el recurrente firmó en blanco una hoja y que posteriormente se la llenó con una diligencia en la que se lo dio por notificado con la audiencia de 15 de junio de 2004, constituyendo una acto procesal defectuoso, que vulnera el derecho a ser debidamente notificado y habiendo constatado el fiscal que el recurrente no abordó el vuelo de avión el 15 de junio, el 22 de junio libró mandamiento de aprehensión fundando su decisión en el art. 224 del CPP, cuya providencia no tiene la argumentación necesaria; consiguientemente, con el llenado posterior de la diligencia, sin que antes se hubiera citado al imputado, pese a que éste presentó un escrito de apersonamiento voluntario, en el que señaló su domicilio procesal para ser notificado, se persistió en notificarlo en otro lugar que se consideró su domicilio real y donde fue negada su presencia, vulnerando con ello el derecho a la defensa, al debido proceso y la libertad del recurrente.