Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1502/2004-R
Fecha: 21-Sep-2004
III.3
III.3 Finalmente, corresponde señalar que el hecho de que el recurrente presuntamente tenga doble nacionalidad o la necesidad de continuarse con las investigaciones realizadas en su contra, no corresponde ser analizada a través del hábeas corpus, toda vez que este recurso tiene por única finalidad la protección del derecho a la locomoción y a la libertad personal ante cualquier tipo de arbitrariedad e ilegalidad que la suprima o restrinja.