SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2004-R
Fecha: 20-Sep-2004
1)
El recurrido Gobernador del penal de San Pedro, informa: 1) el 19 de junio del presente año, el policía Luciano Quispe Paco, condujo a Víctor Hugo Quispe, ahora recurrente, al recinto penitenciario que dirige obedeciendo al mandamiento de condena de 17 de mayo de este año librado por el Juez Quinto de Partido en lo Penal Liquidador, quien en 19 del mismo mes y año presidió la visita semanal de cárceles en suplencia legal del Juzgado Cuarto en lo penal, oportunidad en la que no se mencionó la fecha de la vacación judicial; 2) su autoridad dando cumplimiento al Art. 59.1 de la Ley de ejecución penal y supervisión (LEPS), recibió al recurrente en virtud del mandamiento de condena emanado de autoridad competente, con el antecedente de que no cursaba ninguna disposición contraria o complementaria al referido cuerpo legal, además de que el día 19 de junio los Juzgados se encontraban cumpliendo sus labores cotidianas; 3) aclara que en ningún momento la Corte Superior de Distrito difundió oficialmente ante su Dirección la circular 015/04 P.C.S.J., que motiva la supuesta detención ilegal, es decir que la misma en ningún momento fue de su conocimiento.
En la misma audiencia, el Secretario del Juzgado Sexto de Partido en lo Penal informó que el proceso de referencia no fue remitido a ese Juzgado y que al haberse encontrado con su colega del Juzgado Quinto de Partido en lo Penal, éste le manifestó que el proceso en el que está condenado el recurrente estaba sin detenido