SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1554/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.3.
II.3. Apelada por los imputados la determinación antedicha en audiencia -no consta en el expediente de hábeas corpus memorial de apelación alguno aunque en la Resolución de 23 de julio (fs. 108), se evidencia la interposición del recurso por la abogada de Iván Ortiz Gallardo que protestó fundamentar la alzada “después”- la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Chuquisaca, compuesta por las vocales recurridas, dictó el Auto de Vista 146/04 de 13 de agosto de este año (fs. 110 a 113), por el que declararon procedentes en parte las cuestiones planteadas en los recursos de apelación y dispusieron la nulidad de obrados “hasta folio 98 inclusive”, hasta que el Juez Cautelar de Macharetí trámite y resuelva las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público, “manteniendo incólume lo tramitado hasta ese momento”.