SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2005

Fecha: 10-Ene-2005

II.3.

II.3.  Ejecutoriada la Sentencia, a pedido de la parte ejecutante se iniciaron las medidas previas al remate, designando al perito para el avalúo del inmueble embargado (fs. 367 a 382), que efectuado no fue observado por las partes señalando día de subasta y remate para el 15 de julio de 2002 que se suspendió por falta de postores, realizándose el segundo el 16 de septiembre del mismo año en el que por ausencia de postores el Banco ejecutante solicitó se lo adjudique, lo que en efecto ocurrió, adjudicación aprobada por Auto de 22 de noviembre de 2003 (fs. 803), Resolución contra la que los ejecutados plantearon apelación que fue rechazada por extemporánea el 2 de febrero del año en curso (fs. 815) después de haberse declarado ejecutoriado el Auto  en 16 de enero de 2004 (fs. 806 vta.). La parte ejecutada pidió a la autoridad jurisdiccional la nulidad del remate que al ser rechazada mediante Auto de 7 de octubre de 2002  (fs. 460),  motivó sea apelado por los ejecutados (fs. 464 y vta.) a la vez que también se planteó apelación del Auto de adjudicación (fs. 469 y vta.), Resolución que en apelación se confirmó a través del Auto de 5 de junio de 2004 (fs. 867 y vta.).