SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 28 de agosto de 2004 (fs. 16 a 18) el recurrente arguye que dentro del irregular proceso administrativo que le sigue la Dirección Nacional de AASANA solicitó en razón de la distancia, ampliación de plazo para presentar recurso de revocatoria contra la Resolución Administrativa S.A. 001/2004 que determinó su destitución; sin embargo, el Juez Sumariante recurrido ignorando lo previsto en los arts. 140 del Código de procedimiento civil (CPC) y 21 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), sin evidenciar que su persona fue notificada el 11 de agosto de 2004 con el decreto que daba curso a su petición, dispuso indebida e ilegalmente la ejecutoria de dicha Resolución, a pesar de que el 13 de agosto a horas 16:00 presentó su recurso de revocatoria, en aplicación a lo establecido por los arts. 23 y 24 del Decreto Supremo (DS) 26237 y 64 de la LPA.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Las resoluciones denegatorias de los recursos de revocatoria, podrán ser impugnadas a través de recurso jerárquico, ante el Superintendente del Servicio Civil
- APROBAR