Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que los recurridos han vulnerado el derecho a la libertad de su representada por cuanto ésta no fue notificada legalmente con el Auto de Vista que confirmó la Sentencia condenatoria en su contra, poniéndola en un estado de indefensión al no haber podido recurrir de casación y por el contrario, al haberse ejecutoriado la resolución pronunciada por el Tribunal de alzada, devuelto el expediente al juzgado de origen fue expedido en su contra mandamiento de condena que al haberse ejecutado se encuentra en la cárcel pública. Por consiguiente cabe, en revisión, establecer si debe o no otorgarse la tutela solicitada.