Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0018/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
II.5.
II.5. El 19 de junio de 2004, antes de la admisión de la interposición y admisión del recurso de amparo constitucional, la Sala Civil Segunda de la Corte del Distrito, anuló el Auto de Vista de 23 de enero de 2004 apelado, por cuanto el a quo carecía de competencia para revisar fallos en ejecución de sentencia, salvando la vía legal correspondiente para hacer valer sus derechos (fs. 1275).