Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2005-R
Fecha: 07-Ene-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que su representado fue detenido y se le mantuvo amarrado, sin ponerlo a disposición de las autoridades competentes ni tener facultad para obrar como lo hizo el Corregidor de Corral Blanco. Por consiguiente, corresponde en revisión determinar si cabe, en el presente caso, otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.