Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2005-R
Fecha: 10-Ene-2005
II.1.
II.1. El 25 de noviembre de 2004, Julio Alberto Prado Suárez, presentó denuncia por la supuesta comisión del delito de sustracción de menor o incapaz tipificado en el art. 246 del Código penal (CP), señalando que sus tres hijos menores fueron raptados del Estado de Maryland (Estados Unidos) y conducidos a la República de Bolivia, encontrándose en el domicilio que señalaba contra su voluntad y con personas desconocidas (fs. 8).