SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0060/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0060/2005-R

Fecha: 24-Ene-2005

procedente

La Sentencia de 9 de diciembre de 2004,  cursante de fs. 24 a 25, declaró procedente el recurso, disponiendo su inmediata libertad a través del respectivo mandamiento que debe emitir la autoridad demandada, sin lugar a reparación de daños en razón de que no se presume ninguna actuación premeditadamente al margen de la ley,  con los siguientes argumentos:

a)  En el proceso ejecutivo se dictó Sentencia de trance y remate del Minibús con placa de circulación 842-ERD, cuyo depositario en principio fue Paulino Condori Leniz pero por acta de fs. 52, aquél fue sustituido por el propio ejecutado y ahora recurrente, contra quien el juez recurrido ordenó se libre mandamiento de apremio al no haber cumplido con la exhibición del vehículo, de conformidad con el art. 161 del CPC; disposición que corresponde al área civil y no tiene relación con un mandamiento de aprehensión en el campo penal.

b)  Ante la emisión del mandamiento de apremio, imprescindiblemente tenía que existir en obrados, el decreto o auto interlocutorio pertinente que disponga la sustitución o el cambio de depositario, el cual no consta en el proceso, y que se produjo en forma verbal como lo reconoce el recurrido, por lo que solo consta en el acta, de donde deviene que el Juzgador incurrió en un error involuntario al expedir de manera impertinente el mandamiento de apremio, que resulta ilegal y constituye un abuso de autoridad, atentando contra la libertad de locomoción del actor y si bien no consta que se haya dado cumplimiento o ejecutado ese mandamiento, el recurrente se encuentra custodiado por policías del penal Cantumarca de la ciudad de Potosí.