SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2005-R
Fecha: 25-Ene-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En este recurso el actor arguye que su representado se encuentra indebidamente detenido toda vez que el Tribunal de Sentencia recurrido, no obstante haber dictado Sentencia condenándolo a la pena de presidio de dos años que fueron cumplidos por su parte al encontrarse detenido preventivamente por más del tiempo de condena, dispuso mediante Resolución 47 /2004 de 15 de octubre, la cesación de su detención preventiva aplicándole medidas sustitutivas a la detención y no así su libertad definitiva, con el fundamento que la Sentencia no adquirió autoridad de cosa juzgada al haber sido apelada por los co-procesados y el Ministerio Público, por lo que en previsión de presentarse el caso de reposición del juicio es necesario garantizar su presencia en el proceso, lo que vulnera su derecho a la libertad. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.