SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2005-R

Fecha: 25-Ene-2005

III.2.

III.2.La ejecutoria es la calidad o condición que adquiere una  sentencia judicial cuando contra ella no cabe recurso legal que autorice su revisión, o cuando las partes no hacen uso de los recursos que la Ley establece dentro de los términos que ella establece, así ha entendido la jurisprudencia constitucional entre otras en la SSCC 1439/2002-R y 1745/2003- R, en aplicación de lo previsto por el art. 126 del CPP.