SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2005-R

Fecha: 27-Ene-2005

III.2.

III.2. Este entendimiento jurisprudencial es aplicable al caso de autos, ya que los         hechos reclamados como ilegales cometidos por el juzgador demandado en          la tramitación del proceso penal seguido contra el recurrente, que no fueron    precisados debidamente por éste en el recurso, pero que supuestamente          violarían el debido proceso y la presunción de inocencia, no inciden    directamente  en la libertad del recurrente, quien fue sometido a un proceso           penal, en el que asumió defensa en todas sus instancias, habiendo quedado           ejecutoriada la Sentencia condenatoria pronunciada en su contra, en cuya ejecución se encuentra privado de libertad.

          Por lo expresado, las supuestas actuaciones ilegales del juzgador recurrido,         violatorias del debido proceso, debieron ser reclamadas oportunamente por    el actor, dentro del mismo juicio y en su caso, a través del amparo constitucional, no correspondiendo su consideración a través del presente habeas corpus, pues significaría desnaturalizar su finalidad.