Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2005-R
Fecha: 27-Ene-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión la Sentencia de 30 de diciembre de 2004, cursante de fs. 7 a 8, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el recurso de hábeas corpus interpuesto por José Pinto Arteaga, contra Adolfo Rueda Artunduaga, Juez Sexto de Sentencia en lo Penal, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la presunción de inocencia.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley
- la Ley Fundamental otorga a través del hábeas corpus, no está destinado a que los procesados que por negligencia no impugnaron la supuesta lesión al debido proceso,
- III.2.