AUTO CONSTITUCIONAL 051/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 051/2005-RCA

Fecha: 14-Oct-2005

rechazó

Por Auto de 13 de junio de 2005, el Tribunal de amparo rechazó el presente recurso, toda vez que la recurrente no subsanó lo solicitado; por otra parte expresa que no es evidente lo afirmado por la recurrente en sentido de que no existan otros medios legales para hacer valer sus derechos , toda vez que puede acudir ante la vía civil de acuerdo al art. 23 del Código civil (CC), como también ante la vía penal de acuerdo al Título X del Código penal, los cuales prevén los mecanismos procesales para otorgar la tutela jurisdiccional sobre una pretensión civil o penal formalmente planteada, por lo que la jurisdicción constitucional en lo referente al amparo constitucional precisamente por su carácter subsidiario, no puede suplir la jurisdicción ordinaria en la sustanciación y resolución de casos como el presente.