AUTO CONSTITUCIONAL 0538/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0538/2005-CA

Fecha: 24-Oct-2005

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial de 12 de septiembre de 2005 (fs.21 y 22), Jorge Henrich Costas, dentro del proceso ejecutivo que sigue el Banco Nacional de Bolivia contra la Agencia Aduanera Panamericana Ltda. y otros, plantea recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad impugnando los arts. 199 y 511 del CPC y 31 LAPCAF, con el argumento de que dichas normas establecen que los perdidosos en procesos judiciales son condenados al pago de costas; y dado que él prevé que perderá el proceso ejecutivo, tiene el temor de que será condenado al pago de las costas procesales que reporta el referido juicio.

Argumenta, que las normas impugnadas son inconstitucionales, por cuanto la parte perdidosa no puede pagar el papel sellado, timbres y otros aranceles procesales que vienen a ser una tasa judicial; por ende, no debe ser cubierta por quien pierde el proceso, sino, por el administrado,  tal como establece el art. 11.1) del Código tributario boliviano (CTb), y en este caso le corresponde pagar al que provoca el gasto, es decir al demandante, que es el Banco Nacional de Bolivia, y no al demandado, vulnerándose en consecuencia la garantía de la seguridad jurídica.