APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I, num. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución 03/2005 de 27 de septiembre, pronunciada por la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de Violencia Política (CONREVIP), rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad interpuesto por Jaime Gutiérrez Terceros.
