RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31.1) de la LTC concordante con los arts. 82.III y 33.I inc.1) de la misma ley, RECHAZA el recurso interpuesto por María Carmen Ximena Calvo de Kierig contra Carlos M. Diaz Villavicencio, Ministro de Desarrollo Económico, demandando la nulidad de la RM 194, de 12 de agosto de 2005.
