Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1220/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
II.2.
II.2. El mismo día a horas 17:05, al representado del recurrente se le restringió su libertad por disposición del Director Departamental del Organismo Operativo de Tránsito por la presunta infracción de normas de circulación en vías públicas y faltamiento a la autoridad, para luego ser puesto en libertad a horas 21:45 (fs. 6).