Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1223/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
II.3.
II.3. Mediante Sentencia 69/2004, de 22 de mayo (fs. 18 y vta.) el citado Juez declaró probada la demanda, y ordenó a los demandados a que en el término de tres días de la ejecutoria de la Sentencia entreguen a la demandante el bien sito en avenida “6 de agosto” 0575 de Cochabamba, más el pago de daños y perjuicios a establecerse en ejecución de sentencia, bajo prevenciones de lanzamiento, con costas.