Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.4.
II.4. Por Auto de 20 de octubre de 2003 (fs. 76-77); el Juez Octavo de Partido en lo Civil, declaró la resolución del contrato de venta de 26 de agosto de 1987, ante el incumplimiento del demandado a la orden de pago. Decisión que por Auto de Vista de 22 de junio de 2001 (fs 79 y vta.) fue confirmada. Y por decreto de 31 de octubre de 2003 (fs. 78), la misma autoridad judicial dispuso la notificación de Luis Roberto López Loayza para que entregue el inmueble en cuestión dentro de tercero día bajo conminatoria.