Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1278/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.3.
II.3. En el mismo proceso, por memorial de 7 de mayo de 2003, la recurrente, amparada en las normas previstas por los arts. 100 del CC, 513.I y II, 361, 363, 364 y 366 del CPC interpuso tercería de dominio excluyente, alegando que los bienes embargados en el cotillón de calle Buenos Aires 230 son de propiedad suya, y que por tanto el embargo era ilegal (fs. 58 a 59); y para probar su pretensión ratificó la prueba cursante en el expediente consistente en: