SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

III.4.

III.4. Finalmente, cabe aclarar que si bien la subsidiariedad del amparo tiene una excepción que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional procede la tutela demandada, aún cuando existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución; empero, es necesario que, para que dicha excepción proceda, quien recurre de amparo demuestre en forma fehaciente la inminencia de ese eventual daño irreparable, situación que no se ha dado en el presente caso, en el que el recurrente se limitó a señalar que interpone el presente recurso al existir riesgo de perder la posibilidad de trabajar en forma oportuna las tierras por la época de lluvias existiendo necesidad e inmediatez en la protección de sus derechos, sin que hubiese probado el daño irreparable e irremediable que le causarían los actos denunciados de ilegales, así como tampoco que los mismos no podrían ser subsanados por no existir los medios o recursos ordinarios para ello o, que de existir los mismos, no le asegurarían la inmediatez y eficacia necesaria en la protección frente a un daño inminente e irreparable.