SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1299/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1299/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

III.2.

III.2. En el caso que se examina, el actor impugna a través del presente recurso las RRAA 019/2005, 022/2005 y 023/2005 de 3 y 18 de febrero de 2005 emitidas por el co recurrido Alcalde Municipal de Oruro, siendo la última refrendada por los concejales co demandados, en virtud de las cuales se anula el proceso de contratación para la provisión del desayuno escolar gestión 2005, hasta el vicio más antiguo, y se instruye proceder a la contratación por excepción con la empresa a la que representa el actor para la provisión del desayuno escolar mientras dure el reinicio del proceso licitatorio de contratación, sin que el recurrente haya presentado el recurso de revocatoria como correspondía impugnando esas determinaciones municipales, motivo por el que este amparo resulta improcedente, dado su carácter subsidiario que determina que únicamente procede cuando la persona ha agotado todos los recursos y medios que la ley le franquea para defender sus derechos e intereses, cuando tales vías no existen o, si existiendo, no le asegura la protección inmediata y eficaz que requiere frente a un daño inminente e irreparable, cosa que no sucede en la especie.