SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2005-R
Fecha: 21-Oct-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 21 de abril de 2005 (fs. 5 a 7), el recurrente sostiene que el día lunes 4 de abril del año en curso, se apersonó ante la Sala Penal Segunda con el objeto de responder al recurso de apelación de medidas cautelares, formulado por la parte civil dentro del proceso penal que le sigue Javier Cerruto, pretendiendo con esta alzada revocar las medidas sustitutivas concedidas a su persona.
Alega, que la parte civil al interponer la apelación pidió la revocatoria de las medidas sustitutivas y que se disponga su detención preventiva en la cárcel pública y a su vez su persona, invocó la confirmación de las medidas sustitutivas ya dispuestas; sin embargo, los vocales recurridos saliéndose del esquema planteado por las partes resolvieron revocar parcialmente la Resolución apelada, sustituyendo la fianza personal por la económica en la suma de Bs50.000.-, tal cual consta del acta y la emisión del Auto, conducta jurídica que el apelante no había pedido, ya que lo que solicitó, fue la revocatoria de las medidas cautelares.
Sostiene que la solicitud de la parte civil estuvo orientada a la revocatoria, aspecto que no fue considerado y resuelto por las autoridades recurridas, quienes por el contrario emitieron un fallo fuera de lo solicitado por las partes, desconociendo los principios procesales a los que debe circunscribirse su conducta, constituyendo por ende la Resolución violatoria a sus derechos constitucionales y cuyo efecto es el hostigamiento permanente, estando ilegalmente perseguido y procesado.