SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1320/2005-R
Fecha: 21-Oct-2005
a)
El recurrido presentó informe en audiencia, en la que refirió lo siguiente: a) el recurrente se hizo presente en forma voluntaria, el 3 de mayo a horas 18:30, cuando ya había recibido los primeros informes del hecho de tránsito por parte de los investigadores, por lo que cuando lo entrevistó le hizo las advertencias preliminares, conforme disponen las normas previstas por el art. 92 del Código de procedimiento penal (CPP), comunicándole que el hecho que se le atribuía consistía en homicidio y lesiones graves. Luego tomó su declaración, en la que informó que portaba licencia de conducir, y asimismo que el vehículo tenía el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT), lo que resultó falso porque no lo demostró, de modo que vulneró el Código de tránsito y su Reglamento, así como el Decreto Supremo (DS) 27295; por lo que terminada la declaración, facultado por el art. 226 del CPP determinó su detención desde horas 23:00, del 3 de mayo, comunicando a horas 11:00 del día siguiente, el inicio de la investigación al Juez cautelar, autoridad que determinó su libertad “pura y simple” (sic); b) habiéndose procedido también a tomar la declaración del coprotagonista del hecho de tránsito José Chávez Quevedo, éste indico que el vehículo contra el que chocó estaba estacionado en el centro del carril y que en él se encontraba la madre del recurrente, lo que demostró que se vulneró el art. 126 del Reglamento del Código de tránsito. Finaliza solicitando la improcedencia del recurso.