SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1361/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1361/2005-R

Fecha: 28-Oct-2005

III.3.

III.3. En el caso que se examina, se advierte que la aprehensión de los representados de la recurrente y el allanamiento de su domicilio no fueron ordenados por la autoridad recurrida, por lo mismo, no son de su responsabilidad; toda vez, que de acuerdo a los antecedentes que informa el expediente se tiene que dentro de las investigaciones realizadas por el Ministerio Público a denuncia de Alberta Muruchi, el 15 de septiembre de 2005, el Fiscal de Materia de Potosí libró mandamiento de aprehensión contra Boris García Polo, Hernán García Polo y Luis García Polo, representados de la recurrente, por existir suficientes indicios de culpabilidad en la comisión del delito de robo. Asimismo, en virtud del requerimiento fiscal y de la Resolución de 15 de septiembre de 2005,  el mismo día el Juez Segundo de Instrucción cautelar de Potosí, libró mandamiento de allanamiento del inmueble de propiedad de la recurrente y el secuestro de los objetos relacionados con el delito.

Consiguientemente, no se puede ingresar al análisis del fondo de la actos denunciados por falta de legitimación pasiva de la autoridad recurrida, al no haberse dirigido el presente recurso contra los sujetos responsables de la supuesta vulneración del derecho a la libertad de los representados de la recurrente, por lo que el presente hábeas corpus resulta improcedente.