Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2005-RCA
Fecha: 07-Nov-2005
(fs. 27)
Por Resolución 43/2005, de 19 de julio, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fs. 27), rechazó el recurso ante la ausencia del requisito de contenido previsto en el parágrafo IV del art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); con el argumento de que no se precisaron las normas constitucionales en las que subyacen los derechos o las garantías constitucionales que consideran restringidos, suprimidos o amenazados, como tampoco existe una adecuada fundamentación de los mismos.