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    AUTO CONSTITUCIONAL 0079/2005-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0079/2005-RCA

    Fecha: 23-Nov-2005

    II.3.

    II.3. En el caso que se examina, los recurrentes denuncian que están siendo procesados dos veces por el mismo hecho, puesto que no se ha considerado que existía una resolución de extinción de la acción penal en su favor, situación que fue puesta a conocimiento de la autoridad judicial recurrida a través de excepciones, que sin embargo, no fueron consideradas.

    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • improcedente
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • II.2.
    • reglas y sub-reglas de aplicación del principio de subsidiariedad
    • II.3.
    • fue objeto de apelación por los recurrentes, con similar fundamento, el 12 de abril de 2005
    • APRUEBA

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