AUTO CONSTITUCIONAL 0087/2005-RCA
Fecha: 30-Nov-2005
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente alega la vulneración de su garantía al debido proceso, toda vez que en el operativo de 15 de julio de 2005, realizado por la FELCN, fue requisado agresivamente y luego de hacerle firmar un acta de registro de vehículo, requisa personal, prueba de campo, acta de secuestro de sustancias controladas, acta de secuestro de objetos personales, acta de secuestro de documentos, acta de aprehensión sin existir un requerimiento fiscal fundamentado ni mucho menos contar con la presencia de esa autoridad en el lugar de los hechos, fue conducido a dependencias de la PTJ, donde guarda detención con privación de libertad desde esa fecha. Por lo que corresponde, en revisión, verificar si existen o no las causales de inactivación del recurso de amparo constitucional.