Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0087/2005-RCA
Fecha: 30-Nov-2005
improcedente
Mediante Resolución de 20 de octubre de 2005, cursante de fs. 52 a 54 vta., el Tribunal de amparo declaró improcedente el presente recurso, toda vez que el recurrente no acudió ante la autoridad jurisdiccional competente, para pronunciarse respecto a los hechos que acusa, quien tiene a su favor la vía ordinaria de la que no hizo uso, ni agotó todos los medios que la Ley le reconoce para asumir su defensa, lo que marca el carácter subsidiario del recurso, de acuerdo al art. 96 inc. 3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).