Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0581/2005-CA
Fecha: 17-Nov-2005
RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31.1) de la LTC concordante con los arts. 82.III y 33.I inc.1) de la misma Ley, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por el Diputado Nacional José Daniel Barrientos Barrón demandando que se declare la nulidad demandando la nulidad de las Resoluciones 207/2005 y 209/2005, dictadas por la Corte Nacional Electoral el 3 y 4 de noviembre, respectivamente.