SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1510/2005-R
Fecha: 25-Nov-2005
(fs. 204)
Las vocales recurridas, el 19 de octubre de 2005 presentaron un memorial (fs. 204) con la suma de “informe”, en el que señalaron lo siguiente: “consideramos también por demás realizar un informe al respecto, habida cuenta que la fundamentación del Auto de vista de 27 de septiembre de 2005 es clara y tiene la argumentación tanto de hecho como de derecho y se encuentra conforme establece la Jurisprudencia Constitucional, así la SC 0110/2005-R de 12 de septiembre; consiguientemente, nos remitimos a la fundamentación del Auto de vista precitado y que adjuntamos en copia, en el entendido de que los argumentos del hábeas corpus están fuera de lugar, toda vez que no existe el vinculo de causalidad entre el derecho y los hechos denunciados, por lo que solicitamos se sirvan declarar improcedente el recurso interpuesto”.