SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1536/2005-R
Fecha: 29-Nov-2005
III.4.
III.4. En cuanto a que la actora hubiese consentido libre y expresamente su cambio de funciones al firmar y sellar documentos como asistente de planillas, se debe señalar que la asignación de una tarea específica que se le encomendó según memorando de 2 de noviembre de 2004, no afectó en modo alguno su nivel salarial, como tampoco su cargo, pues el instructivo dirigido a la recurrente fue en su calidad de Jefa de Fiscalización, asimismo el trabajo presentado fue suscrito por la recurrente en esa condición, vale decir como Jefa de Fiscalización, materializándose la lesión a sus derechos en el momento en que arbitrariamente fue rebajado su sueldo de Bs2.919.- a Bs1.438.- que recibió en el mes de febrero, como asistente de planillas; mientras que el memorando cursado el 26 de abril de 2005, luego de la citación con el recurso, por el que supuestamente se la reincorpora a sus funciones de elaboración de planillas, no hace otra cosa que ratificar el acto ilegal vulneratorio del art. 2 de la Ley 975 en que se ha incurrido.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es menos cierto que agotar esos medios ordinarios implica para la gestante un perjuicio que podría ser irreparable proveniente de una acción ilegal e indebida de la autoridad recurrida. En tal situación, es viable este amparo como mecanismo rápido y eficaz para proteger prioritariamente los derechos de la recurrente que se encuentra en estado de gravidez y del ser en gestación
- III.3.
- III.4.
- APROBAR