SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1547/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1547/2005-R

Fecha: 30-Nov-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 7 de noviembre  2005, cursante de fs. 2 a 3 vta., la recurrente manifiesta que el 6 de diciembre de 2000, su representado fue detenido por delitos sancionados con la Ley 1008, encontrándose detenido preventivamente por el espacio de cuatro años y once meses y no obstante que mediante Auto de 30 de diciembre de 2002 se sustituyó esa medida por otras medidas sustitutivas, las mismas, que al ser de imposible cumplimiento, no pudieron ser efectivizadas, habiendo en reiteradas oportunidades solicitado la modificación de ellas, siendo la última modificación de 25 de agosto del presente año, en la que se sustituyó la fianza de dos garantes a uno solo, el mismo que no ha sido posible conseguir debido al estado de abandono y pobreza en el que se encuentra; por lo que, por memorial de 18 de octubre nuevamente solicitó la modificación de  presentación de un garante por la de fianza juratoria, solicitud que hasta la fecha no ha merecido resolución alguna, y ante sus reiterados reclamos, los recurridos se limitaron a indicarle que no tienen fiscal, aspecto que de ninguna manera debe ser en perjuicio de su derecho a la libertad; en todo caso, los recurridos debieron solicitar a la Fiscalía de Distrito supla esa deficiencia, pudiendo incluso efectuarse la audiencia en ausencia del fiscal.

Señala que las autoridades recurridas al no señalar audiencia para la consideración y resolución de su solicitud originan una indebida prolongación de la detención de su representado, transgrediendo lo previsto por el art. 116.X de la CPE, conforme ha dispuesto la jurisprudencia constitucional al haber determinado que las solicitudes relacionadas con la libertad debe resolverse de manera inmediata.