SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1574/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1574/2005-R

Fecha: 06-Dic-2005

III.2.

III.2. En el presente caso, la actora denuncia que no se respetó el derecho a la inamovilidad funcionaria que por su estado de gestación merecía, ya que el recurrido mediante memorando URH-1398/04, de 17 de septiembre, le comunicó que prescindía de su persona en los servicios que prestaba a la institución, lo que es evidente; empero, la autoridad recurrida no tenía conocimiento alguno del estado de embarazo de la recurrente, pues ésta no comunicó dicha condición para que le sean reconocidos los derechos que emergían a su favor, siendo aún mayor la negligencia de la actora, pues no comunicó su embarazo sino hasta el 2 de marzo de 2005, vale decir luego de más de cinco meses, lo que ciertamente implica que el recurrido ignoró que la condición de la recurrente podía acomodarse a lo previsto por la Ley 975, no sólo al momento de emitir el memorando URH-1398/04, sino hasta mucho tiempo después, por lo que no podía imputarse sobre su persona la vulneración de derechos que desconocía, máxime cuando la parte posiblemente afectada no comunicó de la materialización de esos derechos a su favor.