SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1602/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
denegó
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que denegó el recurso con los siguientes fundamentos: 1) expedida la convocatoria por la Universidad Pedagógica para los exámenes de admisión y conformado un equipo de gestión para llevar adelante esos exámenes y su calificación, estos fueron sometidos a las reglas ya establecidas; 2) si bien en la fecha de recepción de las pruebas de admisión se presentaron algunos problemas referidos a una larga espera y descontrol por el número de postulantes, de ninguna manera afectaron los derechos y garantías constitucionales de los postulantes, más bien, se consideró el principio de igualdad dándoseles la misma oportunidad a todos los postulantes; 3) la anulación de parte del examen por detectarse confusión en las respuestas, no significa violación de derechos y garantías constitucionales, más aún si el puntaje de las preguntas anuladas han sido compensadas con otros ítems; 4) los recurrentes no han demostrado la infracción, restricción o supresión o violación de sus derechos a la educación.