SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Su representado es sobrino político suyo y vive en su casa hace arios años; es así que un día cuando se encontraban desarrollando sus actividades diarias en el matadero, de forma abrupta e intempestiva bajaron de un vehículo de la Policía Cantonal de San Borja, tres suboficiales y clases, más una persona vestido de civil y en forma violenta sin exhibir ningún mandamiento, procedieron a aprehender a su sobrino representado por él y lo condujeron a las oficinas de la Policía Técnica Judicial (cantonal), de la ciudad de San Borja a la sección arrestos, dependencias en las que tampoco exhibieron el citado mandamiento, pero como no sabían del “manejo jurídico legal y menos del procedimental”, acudieron al abogado que patrocina, quien también ha constatado que la aprehensión se realizó sin mandamiento; empero, puede que en horas de la tarde hubiera llegado un fax de otro Juzgado, ordenando se libre mandamiento de aprehensión, pero sin ningún valor legal.