SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Juez de Partido Mixto de San Borja declaró improcedente el recurso con el fundamento que si bien es cierto la SC 0008/2002-R, declara procedente el recurso exponiendo como fundamento que los recurridos Comandante de Policía Departamental y Jefe de Inteligencia, al ejecutar un mandamiento invalidado y no encomendado a su jurisdicción usurparon funciones y violaron los derechos del recurrente, en el caso existe un mandamiento legal expedido por el Juez de Instrucción de Reyes, encomendado directamente al Comandante de la Policía de San Borja para que procediera a la aprehensión del representado de la recurrente, de manera que no se encuentra detenido ilegalmente ni se ha vulnerado su derecho a la libertad de locomoción, ya que existe un mandamiento legal expedido por autoridad competente.