SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1668/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
procedente
La Resolución de 8 de julio de 2005, pronunciada por la Jueza de Sentencia de Quillacollo, declaró procedente el recurso, disponiendo que la autoridad recurrida deje sin efecto el mandamiento de apremio con facultad de allanamiento expedido contra el representado de la actora y actúe conforme a procedimiento, con el fundamento de que si bien el art. 436 del CF establece la posibilidad de ordenar el allanamiento del domicilio del obligado por concepto de asistencia familiar; sin embargo, el art. 21 de la CPE señala que toda casa es un asilo inviolable, y en el presente caso, se tiene que el Juez recurrido al expedir el primer mandamiento de apremio con habilitación de allanamiento no dio correcta aplicación al citado precepto constitucional, toda vez que previamente debía señalar los motivos fundados para disponer el allanamiento en una resolución escrita y motivada.