Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1682/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se ha vulnerado su derecho de petición por cuanto los recurridos, miembros del Consejo de Administración de la Cooperativa Sarco Ltda., pese a que se les solicitó y reiteró para que se le notifique con la Resolución -que según aseveró el Gerente General- emitieron para separarlo de la Cooperativa y pierda su calidad de socio, no lo han hecho. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.