AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2005-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2005-CDP

Fecha: 02-Feb-2005

I.5.

I.5. Por medio de la Resolución de 8 de enero de 2005, el Tribunal de amparo calificó los daños y perjuicios en Bs2.054,50.-, con el fundamento de que se probó que los daños ocasionados sólo consisten en los gastos provocados para defender sus derechos, los que se establecieron en la planilla de costas y el honorario profesional, pues incluso, de las testificales presentadas por los recurrentes, se establece que la sanción que se les impuso en el proceso que dio lugar al amparo constitucional nunca fue cumplida.