SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2005-R

Fecha: 11-Feb-2005

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El Tribunal de origen rechazó el recurso de amparo al considerar que la parte recurrente no subsanó los defectos de forma extrañados dentro del plazo otorgado. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si dicho rechazo fue resuelto en correcta aplicación de las normas previstas por los arts. 97 y 98 de la LTC.