Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2005-R
Fecha: 11-Feb-2005
II.7.
II.7. Posteriormente el 30 de mayo de 2001, el Juez de Instrucción Cuarto en lo Penal dictó el Auto Inicial de la Instrucción a denuncia de Alcira Villarroel, contra el recurrente, por el delito de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, en el que el imputado fue citado mediante edictos y declarado rebelde y contumaz a la Ley, se le designó defensor de oficio (fs. 44 a 53); el recurrente se apersonó al proceso el 30 de octubre de 2001 señalando domicilio en calle “La Plata 4359 entre Junín” (sic.) (fs. 54), no obstante a que en la etapa de investigación se apersonó voluntariamente como consta a fs. 44.