AUTO CONSTITUCIONAL 128/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 128/2005-CA

Fecha: 29-Mar-2005

rechazan el incidente

Con la respuesta de la parte contraria los miembros del Tribunal Disciplinario Departamental Cochabamba de la Policía Nacional, mediante resolución de 9 de marzo de 2005, rechazan el incidente por encontrarse manifiestamente infundado, por cuanto de todo lo alegado se infiere que en el presente trámite no se da la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, ya que en ningún caso en el curso del trámite se ha hecho verosímil la presunta violación de los preceptos constitucionales en relación a las normas adjetivas del vigente Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones para la Policía Nacional; resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la LTC, es elevada en consulta ante este Tribunal.