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    AUTO CONSTITUCIONAL 130/2005-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 130/2005-CA

    Fecha: 29-Mar-2005

    RECHAZA

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33 parágrafo I, inciso 1) de la LTC, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, a instancia de Lidio Calderón Echalar, contra el art. 325.II del Código de Procedimiento Civil.

    • José Olvis Arias Castro, Juez de Instrucción Octavo en Materia Civil-Comercial de Santa Cruz
    • art. 325.II del Código de Procedimiento Civil.
    • I.2. Respuesta al recurso
    • rechaza el incidente
    • necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo.
    • Fragmento 6
    • RECHAZA

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