rechaza el incidente
José Luis Caballero Quevedo, Juez Séptimo de Instrucción en Materia Civil Comercial de Santa Cruz, por Resolución de 19 de marzo de 2005, rechaza el incidente en consideración a que la Ley 1760 ha sido sancionada por el Congreso Nacional, siendo válida y vigente al presente y por otro lado, el Tribunal Constitucional mediante numerosas sentencias ya se ha pronunciado sobre la constitucionalidad de los art. 48 al 51 de la referida Ley; resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), es elevada en consulta ante este Tribunal.
- José Luis Caballero Quevedo, Juez Séptimo de Instrucción en Materia Civil Comercial de Santa Cruz
- art. 49 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar de 28 de febrero de 1997, Ley 1760.
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- "La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella".
- cuando el Tribunal hubiere desestimado antes en el fondo un recurso de naturaleza y con objeto sustancialmente análogos.
- declarado constitucional el art. 49 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar, 1760,
- RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad,
