Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0221/2005-R
Fecha: 15-Mar-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente arguye la vulneración de su derecho a la libertad por cuanto ha sido detenida preventivamente sin que se haya realizado audiencia alguna, simplemente sobre la base de una orden de aprehensión, que significa solamente ser conducida ante la autoridad que la requiere. Corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente de debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.